Dos lesbianas reclaman el derecho a la adopción en París
Una sentencia del Constitucional en Alemania y otra del Tribunal Europeo referida a Austria da un espaldarazo a las familias homoparentales
Ambos países limitaban las adopciones en situaciones que los magistrados ven discriminatoria
Dos sentencias, una europea y otra solo para Alemania, han reforzado el papel de las familias homoparentales. El Tribunal Constitucional alemán ha dado un paso más hacia la equiparación de las uniones civiles entre personas del mismo sexo y los matrimonios tradicionales. Una sentencia de hoy permitirá a las personas que hayan contraído un vínculo civil adoptar a los hijos adoptados por su pareja. Hasta ahora, solo podían asumir la responsabilidad de los hijos biológicos de sus compañeros.
En la misma línea, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgoha obligado también a Austria a derogar la ley que impide en los matrimonios del mismo sexo que un cónyuge adopte a los hijos adoptivos de su pareja, como lo hacen los heterosexuales, por considerarla "discriminatoria".
Pese a la sentencia del Constitucional alemán, que homologa los derechos de los homosexuales en los diferentes länder y permite las llamadas adopciones sucesivas, las parejas gais y lesbianas seguirán teniendo vetada la adopción conjunta. Los matrimonios sí pueden. Según el Tribunal con sede en Karlsruhe, de momento no hay ningún proceso en marcha sobre este punto. Los jueces trabajan en otra demanda parejas que aspiran a que se les equipare a efectos fiscales con los matrimonios. En Alemania, estar casado con o sin hijos permite desgravar una buena porción del IRPF, sobre todo si el cónyuge no trabaja. Las uniones civiles, con o sin hijos, no tienen esta posibilidad.
La demanda de inconstitucionalidad en Alemania había sido interpuesta por dos parejas. Entre ellas, la formada por una médico de Münster que lleva 20 años conviviendo con otra mujer. Su pareja adoptó a una niña búlgara en 2004, pero la médico no ha podido registrarla como hija suya. En el caso austríaco, dos mujeres en una relación estable reclamaron ante la justicia poder convertirse ambas en responsables legales de un niño adoptado por una de ellas, pero hasta hoy se les había denegado.
La sentencia de Alemania beneficiará a los hijos adoptivos en caso de separación de la pareja, tras la cual podrá decidirse con cuál de los dos seguirán viviendo. Además, tendrán derecho a que el otro progenitor contribuya a sus gastos. También saldrán ganando a la hora de heredar. El TC ya había dictado antes varias sentencias favorables a la equiparación de ambas formas de compromiso, por ejemplo en lo relativo a las sucesiones.
Los Verdes ha sido el primer partido en aplaudir la decisión de Karlsruhe como “una victoria para los niños” que se verán protegidos por ambos progenitores. La ley actual reconoce “algo que ya es realidad” en muchos casos.
Tankred Schipanski, diputado federal de la Unión Demócrata Cristiana de la canciller Angela Merkel (CDU), se apresuró en cambio a lamentar por Twitter “la mala interpretación de la idea fundamental del matrimonio y la familia”.
De poco le va a servir la protesta, porque él y los demás legisladores tienen hasta el 30 de junio de 2014 para aprobar una ley acorde con la sentencia del Constitucional.
El tribunal de Karlsruhe ha rechazado las críticas de la asociación alemana de las familias (DFV, por sus siglas en alemán) que pone en duda que un niño pueda crecer de manera feliz dentro de una familia con los dos padres del mismo sexo. "Por fin los hijos adoptivos de familias homosexuales tienen los mismos derechos que las de heterosexuales", ha expresado la Federación de Gais y Lesbianas (LSVD), que ha pedido al Gobierno de Angela Merkel ir más allá.
En Alemania, el matrimonio homosexual no existe legalmente porque precisa de una modificación de la ley fundamental de 1949. Desde 2001, existe el régimen de "contrato de comunidad de vida" (el equivalente a la pareja de hecho), que permite a las parejas homosexuales oficializar su unión y da derechos similares a los del matrimonio, excepto en materia fiscal y la adopción.
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