domingo, 22 de febrero de 2009

Crimen de la calle Oporto; Las claves de una absolución polémica

El asesino Jacobo Piñeiro, durante una de las jornadas del juicio.


Las claves de una absolución polémica

Los 9 integrantes del jurado popular se atuvieron a un formulario de 26 preguntas

U.F. - VIGO El jurado popular que absolvió en Vigo de dos delitos de asesinato a Jacobo Piñeiro Rial, autor confeso del doble crimen que costó la vida a Isaac Pérez Triviño y Julio Anderson Luciano, que recibieron 57 cuchilladas en su piso de la calle Oporto de Vigo, debía responder un cuestionario formulado por la sala. Su responsabilidad era señalar qué hechos consideraban probados y cuales no con las pruebas periciales aportadas por los forenses y la Policía, así como por las declaraciones del acusado y los testigos. Además debían emitir veredicto de culpabilidad o inocencia sobre los cuatro delitos que se le imputaban al reo y que sumaban penas de 60 años de cárcel: dos delitos de asesinato, uno de incendio y otro de hurto. Un formulario con 26 cuestiones derivó en un veredicto “escandaloso” para la Fiscalía, que al igual que la acusación particular recurrirá al TSXG con intención de anular el juicio al entender que se dan importantes contradicciones.
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Intencionalidad. “Jacobo Piñeiro con intención de acabar con la vida de Julio Anderson y haciendo uso de un arma blanca le asestó 22 puñaladas”. El jurado, de forma unánime, responde con un “no probado” al primer hecho del objeto del veredicto. En el caso de Isaac Pérez la decisión es la misma, pero con 7 votos a favor y 2 en contra pues se refugió en su habitación.
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Ensañamiento. “Las puñaladas asestadas por el acusado excedieron de lo necesario para causar la muerte y aumentaron exageradamente el dolor de la víctima”. Al considerar no probada la intención de matar, el jurado ya no pudo pronunciarse sobre esta cuestión. Móvil. “Julio Anderson Luciano trató de obligar, esgrimiendo un cuchillo, a Jacobo Piñeiro a mantener relaciones sexuales con ellos, y al negarse, Julio le hiere con el cuchillo y temiendo Jacobo por su vida le quita el cuchillo y le apuñala”. Lo consideran probado por unanimidad al aceptar la versión del acusado de que actuó en defensa propia y bajo un miedo insuperable. Estiman que lo avala la herida que presenta Jacobo en la mano derecha. En el caso de Isaac la unanimidad del jurado se rompe. Por mayoría (7 votos contra dos) se considera probado que la más joven de las víctimas “se abalanzó sobre Jacobo Piñeiro con un cuchillo y éste, con intención de protegerse levantó el cuchillo que llevaba e hirió a Isaac, que se refugió en su habitación”. No representaba una amenaza pero Jacobo tiró la puerta pues tenía allí sus llaves y consideran probado que “al darse cuenta de que en el interior se encontraba Isaac, teniendo por su vida le agrede con el cuchillo”.
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Incendio. El incendio es el único delito que imputan a Jacobo Piñeiro y que podría conllevar una pena de prisión de entre 10 y 20 años. Consideran probado por unanimidad que “Jacobo Piñeiro prendió fuego a la vivienda y a los cadáveres, abriendo la espita del gas a su salida del domicilio”, y que el acusado “era consciente del riesgo de que el fuego se extendiese a los restantes pisos con peligro para los ocupantes, ante el riesgo de extensión de las llamas así como la deflagración del gas acumulado”.
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Drogas. El jurado considera no probado que “Jacobo Piñeiro era gravemente adicto, desde hacía años, al alcohol y a las drogas, habiendo consumido con anterioridad a los hechos grandes cantidades de alcohol y de cocaína, lo que unido a que no había ingerido alimentos durante al menos dos días anuló de manera absoluta su capacidad para comprender lo que hacía”. Pero estiman una “borrachera lúcida”.
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Defensa y miedo. “Jacobo Piñeiro Rial, al apuñalar a Julio Anderson, actuó con el único propósito de defenderse de ser violado o muerto”. Considerado probado por unanimidad. En el caso de Isaac se consideró probado por 5 votos a favor y 4 en contra. Así, por unanimidad se considera que “Jacobo Piñeiro apuñaló a Julio Anderson en un estado de pánico que anuló su capacidad para comprender la ilicitud de lo que hacía y de actuar conforme a esa comprensión”. En el caso de Isaac, tres de los jurados votan en contra, pero se considera probado por mayoría. Rechazan que “prendió fuego a la vivienda en estado de pánico que anuló su capacidad de comprender la solicitud del hecho y su capacidad de actuar conforme a esa comprensión”.
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Culpabilidad. Finalmente el jurado declara a Jacobo no culpable de los delitos de asesinato y no culpable del delito de hurto porque, tal como indicaba en uno de los apartados del escrito sometido a veredicto se llevó cosas de la casa “con la finalidad de hacer creer que Isaac y Julio habían sido objeto de un robo”.

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