viernes, 16 de enero de 2015

Extremadura asumirá las terapias de fertilidad para lesbianas

Un técnico realiza un proceso de fecundación asistida / MAURO FERMARIELLO (GETTY IMAGES)







Varias autonomías rebasan lo fijado al respecto en la cartera común de servicios

Hace poco más de dos meses (el 6 de noviembre pasado) entró en vigor la cartera de servicios común del Sistema Nacional de Salud, que, entre otras medidas, sacó a lesbianas y mujeres solas de los tratamientos de reproducción asistida en los centros públicos. Ayer, Extremadura (gobernada por el PP) anunció que, en contra de esta medida, asumirá estos tratamientos en su red sanitaria. Lo garantizará en la futura Ley de Igualdad Social y contra la Discriminación de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transgéneros, Transexuales e Intersexuales, que también abre las puertas a financiar íntegramente el proceso de cambio de sexo.
Extremadura no es la primera autonomía en dar pasos en esta dirección. Cataluña ya lo hizo con una ley similar aprobada en octubre. La norma garantiza “a las mujeres lesbianas la igualdad de acceso a las técnicas de reproducción asistida”. Andalucía también reconoce explícitamente los tratamientos a “mujeres sin pareja” y a “mujeres con pareja femenina”. Canarias o Asturias son otras de las comunidades que mantienen esta prestación en su oferta asistencial.
La reciente modificación de la cartera de servicios restringió las condiciones para acceder a las terapias de fertilidad en los centros públicos. Hasta entonces —mediante un real decreto de 2006— la sanidad pública asumía los tratamientos cuando existía diagnóstico de esterilidad o una “indicación clínica establecida”. Esta fórmula ambigua permitía que algunas comunidades atendieran a las lesbianas o las mujeres solteras bajo una concepción amplia de los tratamientos de reproducción asistida que no se limitaban a combatir problemas de esterilidad sino que permitían indicaciones de carácter social, como querer tener hijos sin tener relaciones con un hombre. Además, por encima estaba la Ley de Reproducción Asistida de 2006, que reconoce como usuarias de estas técnicas a las mujeres mayores de edad “con independencia de su estado civil y orientación sexual”.
La orden publicada en noviembre limita las terapias de reproducción asistida a los casos en los que se desea resolver un problema de salud: la esterilidad. Para ello, exige acreditar un trastorno de la capacidad reproductiva y la falta de embarazo tras 12 meses de relaciones sexuales sin el empleo de anticonceptivos. De esta forma, se excluye a las lesbianas. “Si son homosexuales no podrán cumplir este criterio, se supone que no tienen relaciones heterosexuales”, apunta Fernando Abellán, abogado especialista en derecho de la reproducción.

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