Este mes ha entrado en vigor un nuevo Código de Justicia, considerado avanzado para América Latina, que elimina el fuero especial
M. VALENTE, BUENOS AIRES 30.03.09
Aún cuando todavía hay militares argentinos rindiendo cuentas ante la justicia federal por violaciones de los derechos humanos en los años de la dictadura (1976-83), las nuevas Fuerzas Armadas no solo están comprometidas con el régimen democrático y el respeto a la voluntad popular, sino que también abandonaron su tradicional homofobia para aceptar a homosexuales en sus filas.
Este paso es apenas uno de los cambios derivados de la derogación del Código de Justicia militar que regía desde el siglo XIX. Este mes entró en vigor un nuevo régimen de justicia militar considerado avanzado en América latina. La nueva norma, aprobada por el Congreso, no sólo elimina el fuero especial para juzgar a uniformados. También desterró la pena de muerte y el castigo a la homosexualidad.
Ahora, para la justicia ordinaria, los militares son ciudadanos comunes, solo que los jueces tendrán bajo su consideración un nuevo régimen disciplinario para militares que sanciona, entre otros delitos, el acoso sexual y la discriminación y establece multas para las faltas. Se descarta de plano el calabozo o el inhumano confinamiento que estaba en vigor.
Hasta ahora los militares eran juzgados por sus pares y no tenían derecho a un abogado. El acusado no tenía garantías de un juicio justo. En ese ámbito tampoco había fiscales lo que generaba serias arbitrariedades. Los jueces militares cumplían al mismo tiempo el papel de acusadores y el castigo previsto para los delitos más graves era la pena capital, que no existe en la justicia ordinaria local. A partir de ahora, ante un delito común los militaren deberán someterse a la justicia federal y apelar ante esos mismos tribunales las sanciones que se les impongan. La homosexualidad no será perseguida, las faltas leves merecerán un apercibimiento o multas pecuniarias y para faltas gravísimas se prevé la destitución, no la muerte.
Este paso es apenas uno de los cambios derivados de la derogación del Código de Justicia militar que regía desde el siglo XIX. Este mes entró en vigor un nuevo régimen de justicia militar considerado avanzado en América latina. La nueva norma, aprobada por el Congreso, no sólo elimina el fuero especial para juzgar a uniformados. También desterró la pena de muerte y el castigo a la homosexualidad.
Ahora, para la justicia ordinaria, los militares son ciudadanos comunes, solo que los jueces tendrán bajo su consideración un nuevo régimen disciplinario para militares que sanciona, entre otros delitos, el acoso sexual y la discriminación y establece multas para las faltas. Se descarta de plano el calabozo o el inhumano confinamiento que estaba en vigor.
Hasta ahora los militares eran juzgados por sus pares y no tenían derecho a un abogado. El acusado no tenía garantías de un juicio justo. En ese ámbito tampoco había fiscales lo que generaba serias arbitrariedades. Los jueces militares cumplían al mismo tiempo el papel de acusadores y el castigo previsto para los delitos más graves era la pena capital, que no existe en la justicia ordinaria local. A partir de ahora, ante un delito común los militaren deberán someterse a la justicia federal y apelar ante esos mismos tribunales las sanciones que se les impongan. La homosexualidad no será perseguida, las faltas leves merecerán un apercibimiento o multas pecuniarias y para faltas gravísimas se prevé la destitución, no la muerte.
Los organismos de Derechos Humanos, con un discurso habitualmente contrario a los militares que actuaron con salvajismo en los años 70, saludaron estos cambios que colocan a los uniformados bajo el amparo de la constitución. «Es un paso adelante para la democratización de las Fuerzas Armadas», expresó el Centro de Estudios Legales y Sociales. La reforma es considerada de vanguardia en América latina
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