jueves, 7 de junio de 2012

Condenado a 8 años por violar a una menor que exteriorizó su homosexualidad







La Audiencia de Sevilla ha condenado a ocho años de cárcel y al pago de una indemnización de 20.000 euros a un hombre de 29 años que violó dos veces a una chica de 16 años que había exteriorizado públicamente su tendencia homosexual.

Una sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, dice que el acusado B.J.J.M. coincidió sobre las 17.00 horas del 30 de mayo de 2010 con la menor y su familia en una caseta de la feria de su pueblo, situado en la provincia de Sevilla.

El acusado pidió a la menor que le acompañara a un cajero para sacar dinero e invitar a unas consumiciones, a lo que ella accedió, si bien en el trayecto le dijo que irían a su casa a por el dinero.

Cuando llegaron al domicilio del acusado, la chica se sentó en el salón mientras B.J.J.M. accedía a una de las habitaciones, de donde regresó vistiendo solamente unos calzoncillos.

Entonces la llevó violentamente a una de las habitaciones, la arrojó sobre la cama y la violó dos veces.

El acusado admitió en el juicio haber mantenido relaciones sexuales pero las describió como 'plenamente consentidas' e incluso atribuyó a la chica haber tomado la iniciativa, pero los jueces dan más credibilidad al relato de la víctima, que fue mantenido en el tiempo, incluso en detalles accesorios, y se vio corroborado por varios testimonios.

Entre otros, el de su hermano, a quien la chica relató de inmediato lo sucedido y la acompañó a denunciar la violación en el cuartel de la Guardia Civil y luego al hospital Virgen Macarena de Sevilla, donde fue examinada por el forense.

El hermano, según la sentencia, vio a la víctima nerviosa, con la correa del pantalón desabrochada e incapaz de contar lo que le había sucedido.

Los jueces consideran 'harto difícil' que una joven que había exteriorizado su tendencia sexual 'poco menos que se abalanzara sobre él al acceder a la vivienda e iniciara unos contactos sexuales', ni siquiera por efecto de la previa ingesta de bebidas alcohólicas que el acusado alegó pero que no fue percibida por los guardias civiles que atendieron a la víctima ni por el personal médico del hospital.

Además, los jueces no encuentran ánimo de resentimiento o venganza de la chica, que incluso en el juicio relató lo sucedido de manera 'ecuánime, sin ningún intento de adornar o exagerar los hechos'.

La sentencia impone la condena en su tramo alto teniendo en cuenta que el delito se cometió en la vivienda del acusado, lo que redujo las posibilidades de defensa de la víctima, con el empleo de violencia y con la 'singular humillación' de someterla a una doble penetración.

Junto a los ocho años de cárcel y 20.000 euros de indemnización, la sentencia impone al procesado la prohibición de acercarse a la víctima y contactar con ella por cualquier medio durante 12 años.



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