sábado, 13 de agosto de 2011

Argentina: El gobierno de Salta reconoce a los transexuales su derecho a la identidad de género .




El Ministerio de Gobierno de la Provincia de Salta, mediante la resolución 712/11, de fecha 12 de agosto, ha reconocido el derecho a la "identidad de género" de dos personas transexuales que habían solicitado la modificación de la inscripción de su sexo en el Registro Civil y en los documentos de identidad correspondientes.

Dice la resolución ministerial que reconoce "el derecho de las personas transexuales peticionantes a que su identidad de género se vea fielmente reflejada en los instrumentos registrales y en sus respectivos documentos".

La resolución ordena a la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas de Salta que proceda a efectuar las rectificaciones solicitadas, para lo cual deberá antes solicitar la homologación judicial del acto administrativo por el que se disponga la rectificación del sexo.

El gobierno de Salta responde así de forma positiva a la solicitud formulada en su día por dos personas transexuales, que fueron patrocinados por la Defensora Oficial Civil Nº 4, Natalia Buira, y que solicitaban el "cese de la discriminación por razones de identidad de género", con fundamento en las normas jurídicas internacionales y de derecho interno que tutelan los derechos fundamentales de las personas.

En su presentación al gobierno, los peticionantes solicitan también que el Registro Civil de Salta permita en lo sucesivo el cambio registral del sexo "para toda persona trans (ravestis, transexuales, transgéneros) que realice tal solicitud respecto de su persona sin requerir prueba alguna al respecto".

El procedimiento administrativo impulsado por Natalia Buira cuenta con el apoyo de ALUDIS, la Asociación en Lucha por la Diversidad Sexual de Salta, integrante de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans, así como de otras organizaciones y personalidades.

Ahora, solo resta que el Registro Civil sea requerido por cualquiera de las partes para dictar el acto administrativo correspondiente y para que dicho acto sea sometido al trámite de la homologación judicial.

De concretarse finalmente la rectificación, se tratará del primer caso de tutela del derecho a la identidad de género resuelto en sede administrativa, esto es, sin necesidad de promover un procedimiento judicial ni de producir especial prueba al respecto.

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