El alto tribunal se abstuvo de pronunciarse, porque la demanda estuvo mal sustentada.
En una votación dividida, la Corte Constitucional decidió dejar incólume la definición de matrimonio que rige en Colombia desde el siglo XIX: "un contrato por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse", tal como lo establece el Código Civil.
No fue una decisión de fondo sino de forma, pues se impuso la opinión mayoritaria de que la demanda, que pretendía borrar de la norma la expresión "un hombre y una mujer", lo que en la práctica le daría vida al matrimonio gay, estuvo mal sustentada y, por lo tanto, la Corte no debía pronunciarse sobre el tema.
Por esta tesis se inclinaron los magistrados Humberto Sierra, Nilson Pinilla, Jorge Pretelt, Guillermo Mendoza y Mauricio González después de tres sesiones de Sala Plena. Los restantes apoyaron la ponencia presentada por su colega María Victoria Calle, que planteaba extender la constitucionalidad de la norma para que tuviera efectos en las parejas homosexuales.
"Los cargos de vulneración de los derechos a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad y a no recibir tratos crueles ni degradantes, alegados por los demandantes, no fueron suficientemente argumentados", dijo el magistrado González, presidente de la Corte.
Esta es la segunda vez que ese tribunal deja en suspenso decisiones sobre los derechos de los gays a conformar una familia. En noviembre pasado, en un fallo similar, lo hizo con la adopción. Los magistrados también se declararon inhibidos por errores en la presentación de la demanda.
El magistrado González aclaró que la decisión de ayer no cierra las puertas a que los demandantes insistan en sus argumentos.
El abogado Felipe Montoya, quien presentó la demanda, dijo que es respetuoso del fallo pero no entiende las razones esgrimidas por los magistrados para declararse inhibidos, si el caso tuvo un examen previo antes de ser admitido y duró año y medio en estudio.
"La Corte perdió una oportunidad histórica de mandar un mensaje de paz a un país en donde reina la intolerancia y la gente se mata por nada", señaló.
Voceros de la Asociación Colombia Diversa, que defiende los derechos de la comunidad gay en Colombia, dijeron, en un comunicado, que esperaban una decisión de fondo y no descartan presentar una nueva demanda. "El país pierde una oportunidad única para alcanzar un verdadero concepto de la igualdad en el acceso a los derechos humanos, entre todas las personas colombianas, sean de parejas del mismo sexo o sean heterosexuales", agregó Marcela Sánchez, directora de Colombia Diversa.
Los derechos de los gays
Herencia, sustitución pensional y segurodad social
Desde el 2007, la Corte Constitucional empezó a reconocer derechos a las parejas del mismo sexo, a través de demandas de constitucionalidad y fallos de tutela.
Derechos económicos: la Corte determinó que las parejas de un mismo sexo pueden reclamar herencia y sustitución pensional en caso del fallecimiento de uno de los miembros de la pareja, si demuestran convivencia en los mismos términos de las parejas heterosexuales.
Derechos a seguridad social: las parejas homosexuales tienen derecho a que uno de los dos afilie al otro al sistema de salud y a otros beneficios de seguridad social. Deben formalizar su situación ante una notaría, en un acto que no representa matrimonio, sino un acuerdo de voluntades.
¿Qué les queda pendiente a parejas del mismo sexo?
Adopción: esta polémica sigue en la Corte con la revisión de una tutela entablada por una pareja de lesbianas de Antioquia, que pretende que la hija de una de ellas sea reconocida legalmente como hija de las dos. Bienestar Familiar y la Procuraduría se opusieron, pero un Tribunal de Antioquia les dio la razón.
Matrimonio gay: en la legislación, la definición de matrimonio y familia sigue refiriéndose a la unión de un hombre y una mujer.
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