miércoles, 21 de enero de 2009

Deniegan a un padre transexual ampliar el régimen de visitas a su hijo



Deniegan a un padre transexual ampliar el régimen de visitas a su hijo

Actualmente sólo le puede ver los fines de semana

Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso que había admitido a trámite, por primera vez en la historia de España. Este recurso de amparo fue presentado por un padre transexual, a quien su ex mujer impedía mantener contacto con su hijo menor tras cambiarse de sexo. El lucense Álex Pardo, que ahora es Alexia, vio restringidas los encuentros con su hijo cuando su ex esposa, meses después de saber que había iniciado su tratamiento hormonal, pidió a los tribunales la suspensión de la patria potestad y del régimen de visitas, alegando que la opción sexual de su padre podría afectar al equilibrio psicológico del menor. En 2005, una sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo fijó un régimen de visitas de sólo dos horas cada quince días, siempre en un punto de encuentro y en presencia de psicólogos y de los dos progenitores. El fallo se dictaminó a pesar de que los informes psicológicos decían que el niño era consciente de la situación, que no había ningún problema en que su padre fuera una mujer y que tenía una relación muy buena con él. Ahora el Tribunal Constitucional la ha desestimado alegando que es lo mejor para el menor de 11 años. Por eso se muestra triste y cansada de luchar. Pero, a pesar de ello, dice que piensa llegar hasta el final para recuperar la custodia normal que cualquier madre tiene para con sus hijos. De hecho esta misma semana ha llevado el caso hasta el Tribunal de Estrasburgo porque asegura que sus derechos fundamentales se están viendo vulnerados.
Fuente Atlas.

La FELGTB condena la transfobia de la justicia


Alexia ha sido separada de su hijo por ser transexual lo que ni la incapacita para ser madre ni atenta contra el interés del menor

[21/01/09] La Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales, FELGTB, muestra su profunda decepción por la sentencia del Tribunal Constitucional en relación al recurso de apelación presentado por Alexia Pardo en torno a la sentencia anterior de la Audiencia de Lugo que restringía gravemente su patria potestad como progenitora de un hijo fruto de una relación anterior a su reasignación sexual.

El interés del menor, por el que dice velar el Tribunal Constitucional, no sólo no se ha defendido, como pretende hacer creer la sentencia, sino que se ha despreciado al avalar que este hijo sólo pueda disfrutar de Alexia tres horas cada 15 días.

Los informes psicológicos apuntan porque el menor mantiene una perfecta relación con Alexia, pero el Tribunal Constitucional quiere protegerlo de su madre transexual como si la transexualidad fuera algo pernicioso para el desarrollo del niño.

Muchas personas transexuales tienen descendencia y sabemos que sus hijas e hijos, la infancia en general, sólo buscan la protección y el cariño de sus padres y madres, sin importarles los cambios físicos que se den en alguno de ellos.

A la sentencia le importa muy poco las consecuencias emocionales que va a tener la misma para el niño y por supuesto para Alexia, que dicho sea de paso goza de una perfecta estabilidad psicológica, con las pruebas clínicas que ella ha aportado.

Queda claro que una parte de la Justicia es un poder salpicado muchas veces por la moral sexual transfóbica.

Desde la FELGTB y ATA, Asociación de Transexuales de Andalucía, se apoyará a COGAM, Colectivo de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales de Madrid en la defensa de Alexia, ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.

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